En el contexto de la Ley General de la Discapacidad (LGD) son medidas excepcionales que se aplican en situaciones específicas cuando cumplir con la cuota de empleo para personas con discapacidad resulta difícil.
La normativa sobre derechos de las personas con discapacidad recoge la obligación de las empresas públicas y privadas cuya plantilla sea de 50 ó más trabajadores de reservar un 2% de la misma para personas con discapacidad. Si no puedes cumplir esta obligación, puedes adoptar medidas alternativas...
Puedes realizar donaciones a nuestra Fundación, para sus programas de empleo y formación de personas con discapacidad y en situación de exclusión social
Deducciones fiscales
Si eres donante o socio de Fundación Inserta estás de enhorabuena, ya que tu generosidad no solo contribuye a mejorar la visión y calidad de vida de muchas personas: también tiene beneficios fiscales. Te lo explicamos a continuación.También puedes calcular cuanto te deducirás fiscalmente en nuestra calculadora de desgravación
Una deducción fiscal es una reducción de la cantidad de dinero a tributar cuando se realiza una declaración o pago de impuestos. Muchas personas ya conocen beneficios fiscales como los planes de pensiones. Pero muchos desconocen que también existen deducciones fiscales por realizar donativos a organizaciones sin ánimo de lucro sujetas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (como Fundación Inserta). Esta ley contempla una deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos del Estado. También es posible que cada comunidad autónoma cuente, además, con deducciones adicionales. Tanto las personas como las empresas pueden verse beneficiadas por estas deducciones fiscales, que pueden aplicarse en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF/Declaración de renta) o en el Impuesto de Sociedades (IS) para el caso de las empresas.
Los porcentajes de deducción fueron incrementados en mayo de 2020: estos nuevos porcentajes se aplicarán en la declaración de la renta de 2020.
Para personas físicas (IRPF)
Para personas jurídicas (IS)
Ejemplo
Para ilustrar esta legislación con un ejemplo, supondremos que Gonzalo decide colaborar con Fundación Inserta por primera vez en 2020. Decide donar 250€: de estos, los 150€ primeros euros desgravan el 80%, y los siguientes 100€ desgravan el 35%. En total, la desgravación ascenderá 155€ por los 250€ donados. Si dentro de 3 años, Gonzalo continúa colaborando con Fundación Inserta, su desgravación a partir de 150€ aumentará al 40%.
DONAR SIEMPRE ES BENEFICIOSO
Ahora que ya conoces las deducciones fiscales por hacer donaciones a entidades sin ánimo de lucro, te animamos a que colabores con Fundación Inserta y nos ayudes a llevar a cabo nuestros proyectos para investigar enfermedades raras que afectan a la visión, proporcionar atención oftalmológica a colectivos en riesgo de exclusión social, fomentar la prevención y el cuidado de la salud ocular, y formar a las nuevas generaciones de profesionales.
Calculadora de medidas alternativas
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